En nuestra página de Intercambios y Permutas en el menú de “Información y Servicios” podéis encontrar toda la información y normativa sobre los intercambios temporales (entre interinos) tras la adjudicación defintiva de destinos:
https://educacion.ustea.org/permutas-e-intercambios/
La base Decimosexta de la resolución de 23 de junio de 2013 por la que se convoca y regula la colocación de efectivos establece el plazo y los requisitos para poder realizar este intercambio:
De conformidad con lo establecido en el artículo 26.2 de la Orden de 8 de junio de 2011, el personal funcionario interino adjudicatario de destinos podrá solicitar intercambio de puestos, en el plazo de siete días computables desde el siguiente al de la publicación de la resolución definitiva del presente procedimiento, de acuerdo con los siguientes requisitos:
a) Que los destinos sean del mismo cuerpo y la misma especialidad.
b) Que el tiempo de servicio, en su caso, con que cuenten quienes pretenden el intercambio no difiera entre sí en más de cinco años.
Solamente se podrá solicitar y, en su caso, obtener un intercambio por curso académico. Quienes soliciten intercambio deberán continuar en el puesto adjudicado hasta que recaiga resolución estimatoria.
El Anexo VI para la solicitud de intercambio lo puedes encontrar en la resolución donde se hace pública la adjudicación definitiva de destinos:
Puedes utilizar nuestro foro para consultar o publicar tu interés de intercambio: