Caso “Anaís”: La Físcalía hace suyas las tesis de la Acusación Popular, ejercida por el Sindicato USTEA

11 - enero - 2021 Andalucía | Comunicados de USTEA | USTEA denuncia

El Juzgado de Instrucción nº17 de Sevilla acuerda la apertura de juicio oral, aunque todavía sujeto dicho enjuiciamiento de los 4 acusados a la resolución de sus  recursos  ante la Audiencia Provincial de Sevilla, para los que la Fiscalía solicita multa e  inhabilitación, en distinto grado, e incluso pena de prisión.

El sindicato USTEA está personado en dicha causa, ejerciendo la acusación popular. Básicamente, la fiscalía ha adoptado las tesis que, como acusación popular, ha defendido el Sindicato a lo largo del procedimiento, e iniciado a resultas de denuncia interpuesta por el Sindicato.

El 11 de noviembre de 2004, se firmó el convenio de colaboración entre la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía y el Comisionado para el Polígono Sur de Sevilla para llevar a cabo  determinados programas educativos.

Dicho convenio establecía que la Consejería de Educación adscribiría durante el curso a cuatro profesores de cualquiera de los cuerpos docentes no universitarios al Comisionado para el Polígono Sur de Sevilla.

El convenio no establecía que la provisión de los docentes se  realizara  por el sistema de libre designación, debiéndose en todo momento respetar la normativa vigente y los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.

La Fiscalía defiende que durante los cursos 2014-2015 y 2015-2016, la por entonces Jefa de Servicio de Ordenación Educativa de la Delegación Territorial de Educación de Sevilla, propuso a la hija del por entonces Jefe del Servicio de Inspección Educativa en el mismo ámbito, para uno de dichos puestos, pese a conocer que la misma no reunía los requisitos necesarios para dicho nombramiento, al no ser funcionaria de carrera docente ni personal interino integrante de alguna bolsa definitiva de trabajo de la Consejería de Educación, Además a la entonces responsable del SOE (Servicio de Ordenación Educativa) de la Delegación de Sevilla, también la acusa de haber falsificado dos documentos para pretender justificar la irregularidad de los nombramientos.

El también, por aquellas fechas, Jefe del Servicio de Gestión de Recursos Humanos de la Delegación Territorial de Educación en Sevilla,  y también encausado, procedió a inscribir en el sistema integrado de Recursos Humanos dicho nombramiento irregular para el desempeño del citado puesto  docente.

El día 1 de septiembre de 2014 el, también por aquel entonces, Delegado Territorial en Sevilla de la Consejería de Educación, también acusado,  sin hacer comprobación alguna, procedió al nombramiento definitivo de la beneficiada, la cual aceptó dicho nombramiento a sabiendas de que carecía de  los requisitos necesarios para ello. Las distintas irregularidades dieron lugar a que otras personas inscritas en la bolsa para cubrir puestos de profesorado interino, que se sintieron perjudicadas, interpusieran el correspondiente recurso.

Los hechos, someramente descritos, son para la fiscalía constitutivos de cuatro DELITOS DE PREVARICACION del art. 405 y 406 del Código penal y de UN DELITO DE FALSEDAD EN DOCUMENTO PÚBLICO del art. 390.1, 2º y 4°.

Andalucía. 11 de enero de 2021