USTEA DENUNCIA. LA CONSEJERÍA VUELVE A HACER CAMBIOS DE FORMA UNILATERAL EN EL CONTROL DE HORARIOS SIN CONTAR CON LOS…

21 de agosto de 2025
 - General

Parte de estos cambios vienen dados por la sentencia ganada por USTEA contra el anterior reglamento del curso pasado.

Desde USTEA pedimos de nuevo una reunión para poder llevar a cabo un profundo trabajo sobre los horarios que permita una reducción del horario lectivo, la contabilización y el pago de las horas extras, entre otras cosas.

Resolución de 7 de agosto de 2025 por la que se modifica la Resolución de 30 de septiembre de 2024, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se aprueba el Manual para la gestión del cumplimiento de jornada y horarios en los centros docentes públicos y servicios de apoyo a la educación dependientes de la Consejería con competencias en materia de educación de la Junta de Andalucía (BOJA núm. 195, de 7 de octubre de 2024).

  • Equipos de Orientación Educativa. En el horario individual se reflejará la totalidad del horario semanal, especificando los períodos de permanencia de cada uno de los componentes en los centros de referencia, otros centros de la zona de actuación y en la sede. Estos horarios se introducirán en el sistema informático Séneca.
  • Ausencias sobre las que se presume el carácter de no justificadas.
  • Publicidad de las ausencias. Los datos obrantes en el sistema informático de control de ausencias de Séneca, que deben ser concordantes con los que figuran en el soporte digital del control diario establecido, se resumirán en un estadillo mensual que se generará, a través de Séneca según el modelo que figura como Anexo B.
  • Procedimiento específico de control de asistencia en los casos de ejercicio del derecho de huelga. Durante los días para los que se haya convocado huelga, las direcciones de los centros y los responsables de los servicios de apoyo a la educación garantizarán el control de asistencia a través de Séneca.
  • Comisión Provincial de Valoración de Faltas de Asistencia. Dicha Comisión, que se reunirá al menos dos veces al mes, salvo el mes de agosto, revisará la documentación remitida por los centros y servicios educativos, en los que figuren faltas no justificadas, las notificaciones realizadas y las alegaciones presentadas por las personas interesadas, así como cualquier otra información o registro que documente dicha ausencia. La Comisión, tras la valoración de la información recibida, realizará las propuestas que procedan sobre deducción de haberes y comunicará los hechos al servicio de inspección educativa a los efectos disciplinarios que correspondan.

0 comentarios