La orden de regulación de la bolsa de Inspección Educativa que va a publicarse perpetúa la diferencia de trato a los inspectores/as provisionales, respecto al resto de cuerpos docentes

28 - junio - 2023 Bolsas de trabajo | Inspección educativa

Una orden que no tiene en cuenta procedimientos judiciales en curso

La Dirección General de Recursos Humanos ha presentado a la Mesa Sectorial el borrador de la orden que regulará el funcionamiento de la bolsa de Inspección Educativa que, en su versión definitiva que debe publicarse próximamente, no recogerá la reivindicación de USTEA de que esta bolsa se ordene en función del tiempo de servicio, como ocurre en el resto de cuerpos y especialidades.

USTEA entiende que esta orden no debiera ser publicada hasta la resolución definitiva del contencioso-administrativo interpuesto por personal funcionario de carrera de los distintos cuerpos docentes y con experiencia en la Inspección Educativa, ya que podría generar consecuencias de carácter irreparable o, en su caso, perjuicios a la administración, con la consecuente responsabilidad patrimonial de la Junta de Andalucía.

Es necesario recordar lo recogido en la Sentencia 135/2022 dictada por el Juzgado de lo Contencioso administrativo nº 1 de Sevilla, en la que se dicta la modificación de los “criterios de ordenación del personal participante” en la bolsa de Inspección, procediéndose a una ordenación de acuerdo con los criterios utilizados para el resto de los cuerpos docentes. Dicho procedimiento judicial basa sus fundamentos de manera principal en la consideración de la Inspección Educativa como cuerpo docente, tal y como la caracteriza la LOE, en su texto consolidado dado por la LOMLOE. Es por esto que se debe aplicarse en su regulación el Decreto 302/2010 y, en consecuencia, la Orden de 10 de junio de 2020, por la que se regulan los procedimientos de provisión, con carácter provisional, de puestos de trabajo docentes. 

La Consejería genera una norma para no modificar nada la situación que se arrastra desde el año 2002

La orden que va a publicarse basa su desarrollo en el Decreto 264/2021, de 21 de diciembre, aprobado en BOJA el 24 de diciembre de 2021, por el que se modifica el Decreto 115/2002, de 25 de marzo, que regula la organización y funcionamiento de la Inspección Educativa. El texto no modifica lo esencial y en su disposición adicional segunda, ordena de nuevo al personal aspirante a un puesto de Inspección Provisional en función del resultado de pruebas de oposición, como ya lo hace el vigente Decreto 115/2002.

La norma, tal y como recoge el borrador presentado a la Mesa Sectorial, ordena al personal docentes que forma parte de la bolsa de Inspección, en primer lugar, en función de las pruebas aprobadas, a lo que otorga un porcentaje del 60%, quedando el tiempo de servicio reducido al 30% y el 10% para el resto de méritos. Aunque valoramos positivamente que se considere la experiencia previa al personal que supere las pruebas, consideramos que la asignación de estos porcentajes a los criterios de ordenación son arbitrarios, caprichosos y alejados de la realidad, si tenemos en cuenta que el porcentaje de personal que supera la primera prueba es, oposición tras oposición, de en torno a un 15%, quedando por tanto excluido de cualquier oportunidad el 85% del personal aspirante al cuerpo de Inspección.

La Consejería de Desarrollo Educativo desprecia la labor realizada por los inspectores/as provisionales

El personal docente que ejerce como inspectores/as provisionales ejerce su función porque, en la oposición anterior, ha aprobado uno o dos ejercicios, está sometido anualmente a un riguroso sistema de evaluación, ha demostrando sus conocimientos y valía sobradamente, se ha empleado en él recursos públicos para su formación y, a pesar de todo ello, se lo desecha, como se desechan las fichas de un tablero de ajedrez, para primar la superación de una prueba por personal sin experiencia y dando un escasísimo peso a la labor realizada. 

Esta situación arranca en el año 2002 y, desde entonces, el perjuicio no solo se infringe a quienes han acumulado experiencia en el cuerpo de Inspección, sino al propio servicio que sufre continuos cambios en su organización y funcionamiento, provocando inestabilidad en las  zonas educativas que cubren los inspectores e inspectoras provisionales y en  los centros que atienden.

La aplicación de la nueva orden, tal y como está formulada en su borrador, no corrige la situación descrita y provocará que inspectoras e inspectores con años de servicio en el cuerpo sean desplazados por personal con pruebas aprobados y méritos, como el ejercicio de la dirección, pero sin ninguna experiencia en estas funciones. Y claro está, tras algunos años, cuando este personal haya adquirido experiencia y formación, se verá a su vez relegado por quienes aprueben las oposiciones en el futuro, perpetuando así el bucle en el que la Inspección Educativa se ve atrapada desde el año 2002, hace más de veinte años.

Desde USTEA, consideramos que resulta esencial la labor del personal funcionario del Cuerpo de Inspectores/as de Educación, puesto que son quienes han de salvaguardar y velar por el correcto funcionamiento de los centros educativos. Por ello, consideramos imprescindible y seguimos exigiendo que, para proveer con carácter provisional puestos en los servicios de la Inspección Educativa de las Delegaciones Territoriales, se valore el tiempo de servicio y la experiencia en el ejercicio de estas funciones de manera prioritaria, como ya ocurre en el resto de cuerpos y especialidades. De la misma formal, reclamamos también la equiparación con el resto de bolsas de la regulación de la bolsa de Inspección y que contemple: los supuestos de conciliación de la vida familiar, personal y laboral, entre las que se encuentra las circunstancia sobrevenida de protección por ser víctima de violencia de género; la publicación en la sede electrónica de la Consejería de las vacantes sobrevenidas y sustituciones, las excepciones a las exclusió de las bolsa y sus efectos; la prórroga vacacional; la regulación de la participación de personas con discapacidad en el procedimiento y la garantía de estabilidad al personal mayor de 55 años.

USTEA solicita a la Consejería de Desarrollo Educativo y FP y a su Dirección General de RRHH que rectifique, pues aún está a tiempo, y modifique los términos del borrador de orden de regulación de la bolsa de Inspección para evitar los agravios que sufre el colectivo de inspectores/as provisionales y los perjuicios que de lo contrario se ocasionará a este servicio esencial.