APLICACIÓN DE RECORTE ECONÓMICO POR LA INCAPACIDAD TEMPORAL

1 - octubre - 2012 Retribuciones

La Ley 3/2012, de 21 de septiembre, de Medidas Fiscales, Administrativas, Laborales y en materia de Hacienda Pública para el reequilibrio económico-financiero de la Junta de Andalucía, establece en su artículo 14.2 que los recortes al personal funcionario por el Complemento por incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia natural, maternidad, paternidad, adopción y acogimiento, no será de apliación hasta el 2 de enero de 2013.

En los últimos días, había llegado diferentes informaciones sobre la aplicación de este recorte desde la Consejería de Educación y las Delegaciones Provinciales. Unos fijaban la fecha de aplicación en el 23 de septiembre, otros el 25 de octubre, según  interpretación del Decreto-Ley 3/2012 en su artículo 14.2.

Con la publicación de esta Ley 3/2012, queda fijado el incio de la apliacación de este recorte el 2 de enero de 2013, como cita el artículo 14.2. de dicha ley: ” Las previsiones contenidas en este artículo serán de aplicación en el plazo de tres meses desde la entrada en vigor de esta Ley. ” (BOJA de 1 de octubre de 2012)