Orden de 11 de febrero de 2026, por la que se regula la oferta modular diferenciada de los grados D y E del Sistema de Formación Profesional en Andalucía y se desarrolla el Catálogo Modular Andaluz de Formación Profesional
1️⃣ Objeto de la Orden
La norma regula en Andalucía:
- La oferta modular diferenciada de los grados D y E de Formación Profesional.
- La organización de la Red Pública Andaluza de Centros de Oferta Modular Diferenciada.
- El procedimiento de autorización para que centros privados impartan modalidad virtual o semipresencial.
- El desarrollo del Catálogo Modular Andaluz de FP.
La unidad básica de matrícula pasa a ser el módulo profesional, permitiendo al alumnado diseñar itinerarios personalizados sin necesidad de cursar el ciclo completo.
2️⃣ Modalidades de impartición
La oferta modular podrá ser:
- Presencial
- Semipresencial
- Virtual
En modalidad virtual y semipresencial:
- Se exige el uso obligatorio de plataforma digital de aprendizaje (en centros públicos, la establecida por la Consejería).
- Debe garantizar accesibilidad universal, interactividad, identificación del alumnado y cumplimiento de la normativa de protección de datos.
- Las pruebas finales son presenciales obligatorias.
3️⃣ Destinatarios
- Personas mayores de 18 años.
- Excepcionalmente, mayores de 16 años con actividad laboral.
- Destinatarios preferentes:
- Personas que hayan pasado por procedimientos de acreditación de competencias.
- Personas con títulos o certificados que quieran completar formación.
4️⃣ Formación en empresa (fase dual)
- Puede desarrollarse presencialmente o en teletrabajo.
- Puede realizarse en cualquier punto de Andalucía, en otra comunidad autónoma o incluso en la UE (si es teletrabajo), sin autorización excepcional.
- Requiere formación previa en Prevención de Riesgos Laborales.
- No puede superar el 65% del módulo.
- Se flexibiliza la organización temporal.
5️⃣ Matrícula y límites
- No se puede estar matriculado en el mismo módulo en distintas ofertas simultáneamente.
- Máximo de 1.150 horas lectivas anuales por persona.
- Se establecen ratios:
- Hasta 80 plazas por módulo en virtual.
- Hasta 60 en semipresencial (con matices según organización).
- Se regula el cálculo de carga docente en modalidad virtual.
6️⃣ Evaluación
- Grado D: máximo 4 convocatorias.
- Grado E: máximo 2 convocatorias.
- En virtual y semipresencial:
- Solo 1 convocatoria por curso.
- Pruebas finales presenciales obligatorias.
- Evaluación continua mediante:
- Tareas en plataforma.
- Participación.
- Actividades síncronas/asíncronas.
- Pruebas presenciales.
- Puede perderse el derecho a evaluación continua.
7️⃣ Red Pública Andaluza de Centros
Se crea una red estructurada con:
- Centros coordinadores
- Centros sede
- Centros colaboradores
Objetivo: optimizar recursos, coordinar pruebas presenciales y organizar la modalidad virtual.
8️⃣ Catálogo Modular Andaluz
Instrumento que:
- Organiza los módulos ofertables.
- Determina cuáles pueden impartirse en modalidad virtual o semipresencial.
- Establece porcentajes mínimos de presencialidad.
9️⃣ Centros privados
Se regulan:
- Requisitos técnicos y pedagógicos.
- Procedimiento de autorización.
- Supervisión por Inspección Educativa.
- Régimen transitorio para centros ya autorizados.
🔟 Disposiciones transitorias y derogaciones
- Periodo de transición entre el antiguo RD 1147/2011 y el RD 659/2023.
- Se derogan órdenes anteriores (2003 y 2012).
- Se modifican órdenes de admisión, evaluación y fase de empresa.
- Entrada en vigor inmediata tras publicación (con aplicación progresiva de algunos aspectos).



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