NORMATIVA: Orden por la que se regula la Oferta modular diferenciada de los grados D y E del Sistema de…

13 de febrero de 2026
 - General

Orden de 11 de febrero de 2026, por la que se regula la oferta modular diferenciada de los grados D y E del Sistema de Formación Profesional en Andalucía y se desarrolla el Catálogo Modular Andaluz de Formación Profesional

1️⃣ Objeto de la Orden

La norma regula en Andalucía:

  • La oferta modular diferenciada de los grados D y E de Formación Profesional.
  • La organización de la Red Pública Andaluza de Centros de Oferta Modular Diferenciada.
  • El procedimiento de autorización para que centros privados impartan modalidad virtual o semipresencial.
  • El desarrollo del Catálogo Modular Andaluz de FP.

La unidad básica de matrícula pasa a ser el módulo profesional, permitiendo al alumnado diseñar itinerarios personalizados sin necesidad de cursar el ciclo completo.


2️⃣ Modalidades de impartición

La oferta modular podrá ser:

  • Presencial
  • Semipresencial
  • Virtual

En modalidad virtual y semipresencial:

  • Se exige el uso obligatorio de plataforma digital de aprendizaje (en centros públicos, la establecida por la Consejería).
  • Debe garantizar accesibilidad universal, interactividad, identificación del alumnado y cumplimiento de la normativa de protección de datos.
  • Las pruebas finales son presenciales obligatorias.

3️⃣ Destinatarios

  • Personas mayores de 18 años.
  • Excepcionalmente, mayores de 16 años con actividad laboral.
  • Destinatarios preferentes:
    • Personas que hayan pasado por procedimientos de acreditación de competencias.
    • Personas con títulos o certificados que quieran completar formación.

4️⃣ Formación en empresa (fase dual)

  • Puede desarrollarse presencialmente o en teletrabajo.
  • Puede realizarse en cualquier punto de Andalucía, en otra comunidad autónoma o incluso en la UE (si es teletrabajo), sin autorización excepcional.
  • Requiere formación previa en Prevención de Riesgos Laborales.
  • No puede superar el 65% del módulo.
  • Se flexibiliza la organización temporal.

5️⃣ Matrícula y límites

  • No se puede estar matriculado en el mismo módulo en distintas ofertas simultáneamente.
  • Máximo de 1.150 horas lectivas anuales por persona.
  • Se establecen ratios:
    • Hasta 80 plazas por módulo en virtual.
    • Hasta 60 en semipresencial (con matices según organización).
  • Se regula el cálculo de carga docente en modalidad virtual.

6️⃣ Evaluación

  • Grado D: máximo 4 convocatorias.
  • Grado E: máximo 2 convocatorias.
  • En virtual y semipresencial:
    • Solo 1 convocatoria por curso.
    • Pruebas finales presenciales obligatorias.
  • Evaluación continua mediante:
    • Tareas en plataforma.
    • Participación.
    • Actividades síncronas/asíncronas.
    • Pruebas presenciales.
  • Puede perderse el derecho a evaluación continua.

7️⃣ Red Pública Andaluza de Centros

Se crea una red estructurada con:

  • Centros coordinadores
  • Centros sede
  • Centros colaboradores

Objetivo: optimizar recursos, coordinar pruebas presenciales y organizar la modalidad virtual.

8️⃣ Catálogo Modular Andaluz

Instrumento que:

  • Organiza los módulos ofertables.
  • Determina cuáles pueden impartirse en modalidad virtual o semipresencial.
  • Establece porcentajes mínimos de presencialidad.

9️⃣ Centros privados

Se regulan:

  • Requisitos técnicos y pedagógicos.
  • Procedimiento de autorización.
  • Supervisión por Inspección Educativa.
  • Régimen transitorio para centros ya autorizados.

🔟 Disposiciones transitorias y derogaciones

  • Periodo de transición entre el antiguo RD 1147/2011 y el RD 659/2023.
  • Se derogan órdenes anteriores (2003 y 2012).
  • Se modifican órdenes de admisión, evaluación y fase de empresa.
  • Entrada en vigor inmediata tras publicación (con aplicación progresiva de algunos aspectos).

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