Ante la polémica sobre la cuestión de los consentimientos informados para la administración de la segunda dosis para aquellas personas menores de 60 años que recibieron la primera inoculación con AstraZeneca, entre las que se encuentra la mayoría del profesorado andaluz, desde USTEA queremos aclarar que, en la documentación publicada por la Consejería de Salud se especifica lo siguiente:
“Se ofrece un documento para firmar, una autorización por escrito para la elección de dicha vacunación, aunque con el hecho de acudir de forma voluntaria a su cita, se entiende que la persona está de acuerdo con dicha vacunación. Si la persona rechaza la firma del consentimiento, igualmente se procederá con la vacunación elegida, anotando en la historia clínica su elección”.
Tras consultar con los servicios jurídicos del sindicato, se nos indica que no existe diferencia legal entre firmar o no el consentimiento informado para la vacunación con la segunda dosis de AstraZeneca o Pfizer. La firma, o no, de este documento no exime de responsabilidad ante una mala praxis, de la misma manera que no existirá responsabilidad ante el padecimiento de los efectos secundarios que aparecen en la ficha técnica del medicamento, entre los que se encuentra, tal y como incluye el propio modelo de consentimiento, el “infrecuente riesgo de síndrome de trombosis con trombocitopenia” en el caso de la vacuna de AstraZeneca.
Ante el desarrollo del proceso de vacunación, desde USTEA insistimos en la necesidad de que la administración traslade información clara que contribuya a no generar confusión e inseguridad. De igual forma, reclamamos unas instrucciones e indicaciones que permitan aclarar las situaciones en las que se generan dudas, como puede ser el caso de aquellas personas que su actual puesto de trabajo sea distinto al que ocupaban durante la vacunación con la primera dosis, la vacunación del personal de reciente incorporación, etc.
Por otro lado, aprovechamos esta ocasión para volver a exigir que en la planificación de la vacunación se tenga en cuenta que las citas para la segunda dosis no coincidan con las fechas de las pruebas de oposición ni en los días inmediatamente anteriores, por el evidente perjuicio que esta circunstancia puede provocar. Así mismo, creemos necesario garantizar la pauta completa al menos en aquellos trabajadores y trabajadoras que formarán parte de los tribunales durante el proceso selectivo.
Andalucía, 26 de mayo de 2021