Desde el sindicato USTEA denunciamos la aplicación de la resolución de 11 de mayo de 2018 que quiere regular el establecimiento de los servicios mínimos en los centros públicos no universitarios.
La Consejería de Educación, vuelve a echar mano de su “tabla de salvación” que son los directores/as de los centros educativos, para que carguen con la responsabilidad en la aplicación de dicha resolución. Por su generalidad e imprecisión en el procedimiento para establecer los servicios mínimos supondrá abrir una puerta a las denuncias del profesorado afectado hacia los directores/as.
Consideramos a este un colectivo en indefensión pues existen disparidad de peticiones de servicios mínimos, tantas como centros educativos hay en Andalucía.
Por otra parte, entendemos que la imposición de servicios mínimos a la totalidad de los actos administrativos del curso es una manera de desactivar el derecho a huelga del colectivo interino, por eso, los servicios jurídicos de USTEA están estudiando la posibilidad de denunciar esta resolución para velar y salvaguardar el derecho a huelga de los trabajadores y trabajadoras sin que esto ponga en cuestión el derecho del alumnado a ser evaluado.
Andalucía, 6 de junio de 2018