La CEJA presenta una ADDENDA para modificar el acuerdo de la Comisión de Seguimiento de la Ordenación de las bolsas de Interinos, y que se plasme en la mofificación de la Orden de 8 de junio de 2011 que no se podrá aplicar porque no saldrá regulada en BOJA antes de la colocación de efectivos. El miercolés 8 de Mayo se continuará con la reunión.
En dicha Addenda, la ordenación de la bolsa será por tiempo de servicio, y se establecen las condiciones para que quien está en Bolsa Bilingüe pueda estar sin ser excluido, sin poder ser llamado, hasta que aporte la titulación necesaria (B2), en principio hasta dentro de 2 años.
Además no se podrá pedir continuidad en un centro por el plan de calidad, y por último la no obligación durante un curso académico de presentar certificado médico o p10 más de una vez.
Está en estudio la posibilidad de volver a una bolsa a la que se perteneció en su momento.
USTEA quiere que se incluya en la ADDENDA:
– Mejoras de Aspectos Básicos de la Orden de 8 de junio de 2011
Artículo 13. Motivos de exclusión.
USTEA pide que la presentación a las oposiciones no sea requisito indispensable para permanenecer en bolsa. Unas oposiciones es para funcionarizar al personal, para que la gente pueda acceder a las bolsas, pero no para poder excluir de las bolsas. USTEA entiende que hacer esto iría contra el Decreto 311 en su artículo 3 sobre permanencia en las bolsas, por lo que no es posible quitar la exclusión sin previamente modificar el Decreto. Sin embargo el apartado b, si aumenta la posibilidad de exclusión, al obligar a presentarse a la 2º prueba, el cual si solicitamos su eliminación.
En el artículo 13.3 se sigue manteniendo otra perversión del 302, como es la imposibilidad de formar parte de las bolsas de interinos durante dos años. Repetimos, con lo que está callendo, aquí no se está castigando a una persona, se puede estár castigando a una familia. USTEA solicita la eliminación de este artículo.
El artículo 14.C, solicitamos su eliminación. Volvemos a decir lo mismo, si con el tiempo en el que estamos, el que una persona desgraciadamente pueda tener enfermedades o accidentes, que son situaciones imprevistas, tengan que ser excluidas de la bolsa por tener la desgracia de no poder poder trabajar por enfermedad, y que se quede sin trabajo. Y seguimos pensando que es inconstitucional. USTEA solicita su eliminación.
Sobre el artículo 15. Se debería añadir que cualquier situación que motive la renuncia del llamamiento, y esta situación desaparece, como puede ser la muerte del familiar que cuidaba y que motivó su renuncia, o el puesto de trabajo al ser despedido (que con la reforma laboral da igual que sea improcedente), y por el cual renunció, pueda solicitar la vuelta a la bolsa.
Sobre el artículo 17, nos llama la atención que el personal interino, tendrá las mismas obligaciones y derechos salvo los exclusivos del funcionario de carrera. Nos preguntamos, hay alguna obligación que el personal interino esté exento al ser exclusivo del funcionario de carrera? ¿Entonces porqué limitar sus derechos?
– Mejoras de Aspectos Básicos de la Colocación
Posibilitar la cantidad voluntaria de provincias para vacantes. La situación actual, no ha de forzar a familias a tener que pagar por tener que trabajar en otra provincia aumentando el gasto familiar. Como esto implica la mofidicación de la Orden de Colocación de efectivos de 24 de mayo de 2011, USTEA solicita una reunión para tratar la modificación de esta orden, que si bien para este año no daría tiempo su aplicación, que pueda hacerse para el próximo curso.
Que la solicitud de destinos sea voluntaria, es decir, que si no se solicita, se ha de entender que solicita lo mismo que el curso anterior.
– Sistema Informático de Sustituciones y su Trasparencia.
USTEA pide la creación de VACANTES DE ZONA. Con los recortes del Gobierno de la nación, y concretamente sobre las sustituciones, el que en institutos durante semanas no se esté cubriendo una especialidad es un ataque a la calidad educativa y al derecho a la educación. Por lo que solicitamos que en la colocación de efectivos se creen vacantes de zona, donde dicha vacante se asigne a X centros, y que su objetivo sea cubrir el puesto que produce una baja, mientras esta no puede ser sustituida por el recorte de WERT.
El tiempo que no se dedique a cubrir, que apoye uno, dos o tres centros según las necesidades que este requiera Podría actuar como profesor de apoyo como lo hay en los centros de primaria.
De igual forma para los centros de primaria.