La Consejería de Educación nos ha presentado en la Mesa sectorial del pasado 4 de octubre el borrador con las modificaciones a la Orden de 26 de Febrero que regula las Comisiones de Servicio para docentes en Andalucía. Está previsto que la nueva regulación entre en vigor ya para esta próxima convocatoria de marzo.
La principal novedad es la inclusión de las enfermedades muy graves de familiares de primer grado (hijos, cónyuges y padres) en las Comisiones Tipo A (antes correspondían al tipo B o Comisión por Conciliación y, por tanto, tenían menor prevalencia. Además las Comisiones de Servicio de Tipo A también podrán ser solicitadas por el personal sin destino definitivo.
Lo consideramos un avance importante pues se prima la gravedad de determinadas casuísticas sobre el orden en el escalafón. Deben justificarse mediante informe médico actualizado que acredite la enfermedad alegada.
Por otra parte, también como novedad, se incluye al personal funcionario sin destino definitivo en algunas de las comisiones de servicio por conciliación (tipo B), (a excepción de los supuestos 4 «Por tener el destino definitivo en municipio diferente al del domicilio» y 5 «Por estudios a más de 50 Km del domicilio»), que son los más comunes, por lo que realmente este aspecto aporta poca novedad y de escasa entidad, a pesar de ser la causa que ha motivado la reforma de la normativa, en cumplimiento de una sentencia del TSJA.