Desde USTEA Enseñanza, os informamos de la publicación en el BOJA (número 17, de 27 de enero de 2026) de la resolución que regula la concesión de anticipos reintegrables de nómina para el personal al servicio de la Junta de Andalucía, incluido el personal docente, para el presente ejercicio.
Se trata de una ayuda que permite obtener un adelanto de haberes sin intereses, a devolver de forma cómoda en las siguientes nóminas. A continuación, os detallamos toda la información esencial para que no se os pase el plazo.
1. ¿Quiénes pueden solicitarlo?
Podrá solicitar este anticipo el personal docente que se encuentre en servicio activo o en situaciones asimiladas que den derecho a la percepción de retribuciones.
Se debe haber permanecido en situación de servicio activo o alta de forma ininterrumpida durante los últimos doce meses.
2. Cuantías y plazos de devolución
- Importe máximo: Se puede solicitar hasta un máximo de dos mensualidades de haberes líquidos, con un límite absoluto de 3.000 euros.
- Intereses: El interés es cero (0%).
- Plazos de devolución: El plazo de amortización se indicará en la solicitud no pudiendo exceder de 12 meses si se solicita el anticipo de una mensualidad, ni de 24 si el anticipo alcanza las dos mensualidades. La devolución se realizará mediante una detracción mensual en la nómina a partir del mes siguiente al abono.
3. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de solicitud es improrrogable y comprende:
- Desde el 1 de febrero de 2026 hasta el 28 de febrero de 2026 (ambos inclusive).
4. Procedimiento de solicitud (Telemático)
Las solicitudes se presentarán exclusivamente por medios electrónicos en el Registro Electrónico Único de la Junta de Andalucía, al que se accederá desde la web del empleado público, dentro del apartado «Tramitación electrónica», «Acción social», «Anticipos Reintegrables».
El acceso podrá realizarse de las siguientes formas:
- Con certificado electrónico incorporado en el Documento Nacional de Identidad, o certificado electrónico proporcionado con carácter general a la ciudadanía, pulsando sobre «acceso con certificado digital».
- Con Usuario y Clave Privada de Acceso específica de la web del emplead@público.
El personal estatutario y docente deberá presentar la solicitud a través de la web del empleado mediante certificado electrónico.
Una vez realizada la identificación se deberá seleccionar «Anticipos 2026».
Finalizada la cumplimentación de la solicitud, quien acceda con certificado electrónico, podrá solicitar la opción «Firmar y presentar»; quien acceda con Código de Usuario y Clave privada de Acceso, tendrá la opción «Presentar». Ambas opciones son válidas para la presentación de la solicitud.
Desde el momento en que la solicitud queda «Firmada y Presentada» o «Presentada» no podrá ser modificada en ningún caso, si bien se podrán presentar tantas solicitudes como sea necesario, tomándose como válida la última.
Independientemente del modo de presentación de la solicitud elegido –«Firmar y Presentar» o «Presentar»–, la solicitud quedará presentada cuando en el apartado correspondiente aparezca un «OK».
5. Información importante sobre el IRPF
Debéis tener en cuenta que, aunque el préstamo no tiene intereses, a efectos fiscales se considera un rendimiento del trabajo en especie. Esto se debe a la diferencia entre el interés pagado (cero) y el interés legal del dinero vigente, por lo que aparecerá reflejado en vuestro certificado de haberes para la declaración de la Renta.
Desde USTEA Enseñanza, os recomendamos que, si tenéis previsto solicitarlo, no esperéis a los últimos días de febrero para evitar problemas técnicos en la plataforma de la Junta. Asimismos, antes de la solicitud es aconsejable realizar una lectura pormenorizada de la Resolución.



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