Información trasladada por la Consejería sobre las resoluciones provisionales
Plazo de alegaciones del 29 de mayo al 3 de junio
Durante la reunión mantenida con la Consejería sobre las Comisiones de Servicio para el curso 2026-2027, la Administración informó de algunas de las incidencias más frecuentes detectadas en las solicitudes presentadas y que han motivado un número importante de resoluciones desfavorables.
- Entre los errores más habituales se encuentra la confusión entre los apartados B2 (conciliación por cuidado de hijos mayores de 3 años, cónyuge, pareja de hecho o familiares dependientes) y B3 (cuidado de familiares de primer grado de afinidad por enfermedad o discapacidad), al mezclar situaciones de parentesco por consanguinidad y afinidad.
- La Consejería también ha detectado numerosas incidencias relacionadas con la documentación médica, especialmente en las modalidades A1 (problemas de salud del profesorado que afectan gravemente al desempeño del puesto) y A2 (enfermedad grave de familiar de primer grado o cónyuge), donde en algunos casos no se aportaron informes médicos actualizados que permitieran acreditar adecuadamente las circunstancias alegadas.
- Otro de los problemas más repetidos ha estado relacionado con la acreditación de la convivencia con familiares dependientes. En numerosas solicitudes presentadas en los apartados B2, B3 o B4 (cuidado de familiares de segundo grado de consanguinidad o afinidad) se aportó únicamente el certificado individual de empadronamiento, cuando la normativa exige presentar el certificado colectivo de convivencia para poder acreditar correctamente la residencia en el mismo domicilio.
- La Administración también ha insistido en la importancia de respetar los plazos establecidos. Según informó la Consejería, se han presentado numerosas solicitudes como situaciones sobrevenidas cuando las circunstancias alegadas ya existían durante el periodo ordinario de solicitud. Recuerdan que únicamente pueden considerarse sobrevenidas aquellas situaciones producidas con posterioridad al 7 de abril. Además, este tipo de expedientes requieren una valoración individualizada, lo que ralentiza considerablemente su tramitación.
- En relación con las comisiones por los apartados B5 (destino en municipio distinto al domicilio habitual) y B6 (profesorado mayor de 50 años), la Consejería ha explicado que algunas solicitudes han sido denegadas porque las personas interesadas no disponían de destino definitivo durante el plazo ordinario o porque, tras obtener su primer destino definitivo, no presentaron solicitud durante el plazo extraordinario habilitado para estos casos.
- Asimismo, se han producido denegaciones en el apartado B5 por aportar únicamente la solicitud del certificado de empadronamiento y no el certificado definitivo emitido por el ayuntamiento correspondiente.
- Por último, en las solicitudes presentadas por el apartado B6, la Consejería ha indicado que algunas han sido desfavorables porque la carga lectiva aportada correspondía fundamentalmente a enseñanzas a distancia, circunstancia que, según el criterio aplicado por la Administración, no justifica la concesión de este tipo de comisión de servicios.
CAUCE: (Centro de Atención al Usuario de la Comunidad Educativa)
- IMPORTANTE: En el propio formulario de alegaciones aparece también un apartado de contacto con CAUCE, a través del cual las personas interesadas pueden realizar consultas individualizadas. Desde este servicio se está informando directamente de los motivos concretos de denegación de cada solicitud, por lo que recomendamos utilizar esta vía antes de presentar alegaciones para conocer exactamente las causas que han motivado la resolución provisional.
Desde USTEA recomendamos revisar detenidamente la documentación aportada y las causas de denegación publicadas en la resolución provisional, así como presentar las alegaciones oportunas dentro de plazo cuando existan errores, omisiones o circunstancias susceptibles de ser subsanadas.
- Si necesita asesoramiento e información, llame a los teléfonos o emails de su sindicato provincial:
- Almería 950 852700 📩educaalmeria@ustea.net
- Cádiz 956 221924 📩educacadiz@ustea.net
- Córdoba 957 456411 📩 educacordoba@ustea.net
- Granada 958 990593 📩educagranada@ustea.net
- Huelva 959823181 📩educahuelva@ustea.net
- Jaén 953 236125 📩educajaen@ustea.net
- Málaga 952 345343 📩educamalaga@ustea.net
- Sevilla 954270650 📩educasevilla@ustea.net



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