Si eres personal interino en sustitución estás en tu derecho de solicitar las semanas 18 y 19 a continuación del permiso de 17 semanas, incluso aunque tu sustitución termine antes de la semana 18. La normativa establece que puede disfrutarse de forma consecutiva.
Además, si tu sustitución finaliza, pero tus permisos aún no han llegado a la fecha de término:
- recibirás la prestación económica de la Seguridad Social
- y, en caso de que participes en SIPRI como activa/o no disponible por nacimiento o cuidado de hijas/os, se te reconocerá todo el tiempo de servicio en bolsa.
Esta medida se aplica por igual a los permisos:
- Permiso por nacimiento para la madre biológica
- Permiso por adopción, por guarda con fines de adopción o acogimiento, tanto temporal como permanente
- Permiso del progenitor diferente de la madre biológica por nacimiento, guarda con fines de adopción, acogimiento o adopción de un hijo o hija.
Si tienes dificultades a la hora de solicitar estas semanas 18 y 19, de manera ininterrumpida, por Anexo I de Séneca ponte en contacto con USTEA Enseñanza en cualquiera de las sedes provinciales.



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